• Skip to primary navigation
  • Skip to main content
  • Skip to primary sidebar
  • Skip to footer

Alquiler Vivienda Vacacional

Asesoramiento legal, fiscal y de gestión especializado en alquileres turísticos

  • Acerca
  • Blog
    • ANDALUCÍA: Si quieres que tu vivienda de uso turístico cumpla con la normativa
    • ARAGÓN: Si quieres que tu vivienda de uso turístico cumpla con la normativa
    • ASTURIAS: Si quieres que tu vivienda de uso turístico cumpla con la normativa
    • BALEARES: Guía definitiva para el alquiler de estancias turísticas en viviendas (ETV)
    • COMUNIDAD VALENCIANA: Guía definitiva para el alquiler de viviendas turísticas (VT)
    • Baleares: contrato de alquiler de estancias turísticas en viviendas (ETV)
    • Plan de Intervención en Ámbitos Turísticos de Mallorca (PIAT): La limitación del uso turístico en la isla
    • MALLORCA: ¿Dónde se permitirá el alquiler vacacional? (Zonificación)
    • CANARIAS: Guía definitiva para el alquiler de viviendas vacacionales 2024 (VV)
    • CANARIAS. El proyecto de nueva regulación de las viviendas vacacionales (2024) que acabará con éstas.
    • La nueva regulación de las viviendas vacacionales de Canarias (VV)
    • El triste destino del alquiler turístico: pleitear y pleitear, sin parar (Caso de Canarias)
    • CANTABRIA: Todo lo que debes saber de las viviendas de uso turístico
    • CASTILLA-LA MANCHA: Guía definitiva para el alquiler de viviendas de uso turístico (VUT)
    • CASTILLA Y LEÓN: Guía definitiva para el alquiler de viviendas de uso turístico (VUT)
    • La nueva normativa de las viviendas turísticas de Cataluña
    • CATALUÑA: Guía definitiva para el alquiler de viviendas de uso turístico (VUT)
    • ¿Puedo alquilar una vivienda de uso turístico por habitaciones en Cataluña?
    • COMUNIDAD DE MADRID: Guía definitiva para el alquiler de viviendas de uso turístico (VUT)
    • Cómo registrar una vivienda de uso turístico en Madrid: Paso a paso
    • Viviendas de Uso Turístico y estado de alarma en Madrid creado por el PEH (I)
    • Viviendas de Uso Turístico y estado de alarma en Madrid creado por el PEH (II)
    • Ayuntamiento de Madrid versus Comunidad de Madrid: competencias sobre las viviendas de uso turístico
    • AYUNTAMIENTO DE MADRID: ¿Cómo te afecta la publicación de la nueva regulación de los alquileres turísticos?
    • AYUNTAMIENTO DE MADRID: La nueva regulación de los alojamientos turísticos de Carmena
    • La regulación de los alojamientos turísticos por el Ayuntamiento de Madrid
    • A la caza del alquiler turístico
    • EUSKADI: Guía definitiva para el alquiler de viviendas (VT) y habitaciones de viviendas particulares para uso turístico (HT)
    • EXTREMADURA: Guía definitiva para el alquiler de apartamentos turísticos (AT)
    • Cómo dar de alta un apartamento turístico en Extremadura: Paso a paso
    • GALICIA: Si quieres que tu vivienda de uso turístico cumpla con la normativa
    • LA RIOJA: Guía definitiva para el alquiler de viviendas de uso turístico (VUT)
    • Nueva regulación de las viviendas de uso turístico en La Rioja
    • MURCIA: Guía definitiva para el alquiler de viviendas de uso turístico
    • MURCIA: El alquiler turístico de las viviendas vacacionales sin cambios
    • PAIS VASCO: Guía definitiva para el alquiler de viviendas para uso turístico (VUT)
    • Chekin a examen
  • Preguntas y Respuestas
    • Preguntas y Respuestas sobre la autorización del alquiler turístico por las comunidades de propietarios (Parte 1)
    • Preguntas y Respuestas sobre la autorización del alquiler turístico por las comunidades de propietarios (Parte 2)
    • Preguntas y Respuestas sobre el Número de Registro Único de Arrendamientos (NRUA)
    • Vivienda de uso turístico en Andalucía y aprobación de la comunidad de propietarios
    • CONTRATOS DE TEMPORADA Y SES.HOSPEDAJES. ¿Existe la obligación de comunicar los datos de los clientes?
    • ALOJAMIENTOS DE ALQUILER DE CORTA DURACIÓN. El Registro Único Estatal y la Ventanilla Única Digital de arrendamientos
    • El fin del alquiler turístico en las comunidades de propietarios
  • Consejos Prácticos
    • Plataformas en línea y Número de Registro de Alquiler
    • Contratos de temporada no turísticos. Duración y regulación
    • Contrato de temporada. Algunas cuestiones controvertidas
    • Contrato de temporada. Ideas básicas
    • Alquiler turístico y Registro de Viajeros. Novedades a partir de 2023
    • Como evitar que te sancionen en el Registro de viajeros de tu Alojamiento
    • ¿La comunidad de propietarios puede impedir el alquiler de una vivienda turística?
    • Alquiler de habitaciones en vivienda turística. Prohibición vs Exclusión.
    • El alquiler turístico de habitaciones
    • La Jurisprudencia del Tribunal Supremo y los alquileres turísticos
    • ¿Qué modelo de gestión utilizas para alquilar tu vivienda turística?
    • ¿Qué seguro necesito para el alquiler de mi vivienda turística?
    • ¿Es obligatorio el requisito del aire acondicionado en las viviendas con fines turísticos (VFT) de Andalucía?
    • ¿Tengo que darme de alta como autónomo para alquilar una vivienda turística?
    • Cómo defenderte si te sancionan por alquilar una vivienda turística (I)
    • Cómo defenderte si te sancionan por alquilar una vivienda turística (II)
    • La Inspección de Turismo: sol@ ante el peligro
    • ¿Puedo resolver mi contrato de alquiler de vivienda turística?
  • Fiscalidad
    • La sociedad patrimonial para el arrendamiento de inmuebles
    • CONSULTA FISCAL: Comunidad de bienes que alquila una vivienda turística a través de sociedad
    • Alta de una vivienda turística en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
    • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) e Impuesto sobre estancias turísticas de Baleares (ecotasa)
    • Alquiler turístico de tu vivienda habitual
    • La tributación de los alquileres turísticos según Hacienda
    • Algunas cuestiones fiscales sobre tu alquiler turístico que deberías conocer
    • ¿Qué impuestos y modelos hay que declarar cuando subarriendas una vivienda turística? (Consulta fiscal)
  • Asesoramiento on-line
You are here: Home / blog / Vivienda de uso turístico en Andalucía y aprobación de la comunidad de propietarios

Vivienda de uso turístico en Andalucía y aprobación de la comunidad de propietarios

12 mayo, 2025 por alquiler vivienda vacacional Leave a Comment

Necesito la autorización de la comunidad de propietarios

A partir del 3 de abril 2025, ¿si quiero hacer un cambio en la titularidad de mi vivienda de uso turístico, tengo que solicitar la autorización expresa de la comunidad de propietarios?

 

Hasta ahora, todos pensábamos que cuando se vendía una vivienda de uso turístico, simplemente había que comunicar a la Junta de Andalucía el cambio de titular de la propiedad. Sin más consecuencias. Sin embargo, no es así.

Pese a que la norma establece que  los titulares de los establecimientos tienen la obligación de comunicar  a la Consejería competente en materia de Turismo cualquier cambio de titularidad, denominación, ampliación, modificación o reforma sustancial que afecte a las condiciones en que se otorgó la clasificación turística y cualquier modificación que afecte a los datos que figuran en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA).

Estableciendo al efecto un trámite para modificar los cambios de la declaración responsable

Es más, en la misma web se informa que los los datos contenidos en la anterior comunicación (entre los que se encuentran los cambios de titularidad, nombre o marca comercial, domicilio social y nombre de dominio en Internet, etc) se anotarán en el asiento de inscripción, si ya existiere, del correspondiente establecimiento, empresa o actividad.

Pero, como digo, la Junta de Andalucía viene dando respuesta a los siguientes supuestos en la manera que te cuento a continuación.

Indice

  • 1 Cambio en el titular de la propiedad: si como nuevo propietario compro una vivienda de uso turístico ya inscrita en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA)
  • 2 Cambio en el titular de la explotación: si como actual propietario decido ceder la explotación de mi vivienda de uso turístico a un tercero (autónomo o empresa)
  • 3 ARGUMENTOS CONTRARIOS AL CRITERIO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA DE QUE SEA NECESARIA LA APROBACIÓN DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EN EL SUPUESTO DE CAMBIO DE TITULAR REGISTRAL DE LA VIVIENDA DE USO TURÍSTICO
  • 4 CANAL DE TELEGRAM PARA CONSULTAS

Cambio en el titular de la propiedad: si como nuevo propietario compro una vivienda de uso turístico ya inscrita en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA)

¿Tengo que volver a iniciar de nuevo el procedimiento de registro turístico, o sólo tengo que modificar el titular de la propiedad en el RTA?

¿En concreto, tengo que solicitar la autorización expresa de la comunidad de propietarios a partir del 3 de abril 2025?

Respuesta de la Junta de Andalucía 

Cuando se le plantean los anteriores cuestiones a la Junta de Andalucía (vía web, email o telefónicamente), ésta  responde que a partir del 3 de abril de 2025  el nuevo titular deberá aportar acuerdo (acta o certificado de acta) en el que conste la aprobación expresa de la comunidad de propietarios para la actividad turística. Para dicho acuerdo se requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.

Igualmente, se va a solicitar título para la explotación de la totalidad de la vivienda (escritura de propiedad o nota simple informativa, contrato explotación/cesión/comodato de uso como vivienda con fin turístico detallando el periodo de vigencia, etc.).

Hasta el 2 de abril de 2025, se pedía:

  • Certificación registral de dominio de la vivienda, emitida por el Registro de la Propiedad donde se acredite que los estatutos o normas que regulan la comunidad de propietarios no contenga la prohibición expresa para ejercer la actividad de alojamiento turístico.
  • Solicitud realizada al Registro de la Propiedad de la certificación registral de dominio de la vivienda, donde se solicite expresamente la mención a la existencia o no de la prohibición para ejercer la actividad turística por parte de la comunidad de propietarios.

 

Web Junta de Andalucía

Respuesta de la Junta de Andalucía desde su web.

Asesoramiento on line

Cambio en el titular de la explotación: si como actual propietario decido ceder la explotación de mi vivienda de uso turístico a un tercero (autónomo o empresa)

¿Tengo que reiniciar el procedimiento de registro turístico o sólo tengo que modificar el titular de la explotación en el Registro de Turismo de Andalucía?

¿En concreto, tengo que solicitar la autorización expresa de la comunidad de propietarios a partir del 3 de abril 2025?

Respuesta de la Junta de Andalucía 

En el anterior supuesto también planteado la administración andaluza, en esta ocasión, correctamente entiende que no hay que pedir la aprobación de la comunidad de propietarios.

Obviamente, me voy a detener  en el primero de los supuestos que, en mi opinión, no es ajustado a derecho. Y para ello voy a darte algunos argumentos.

ARGUMENTOS CONTRARIOS AL CRITERIO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA DE QUE SEA NECESARIA LA APROBACIÓN DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EN EL SUPUESTO DE CAMBIO DE TITULAR REGISTRAL DE LA VIVIENDA DE USO TURÍSTICO

No es lo mismo iniciar la actividad de alquiler turístico en un alojamiento turístico que continuar con una actividad iniciada y funcionando

Si la norma no lo establece de forma expresa, no se pueden exigir los mismos requisitos para (a) registrar, por primera vez, una vivienda de uso turístico, que para (b) modificar las circunstancias (esenciales o no) manifestadas en la declaración responsable de inicio de la actividad de la vivienda de uso turístico, ya presentada.

No existe fundamento legal en la respuesta de la Junta de Andalucía para mantener que se aplican los mismos requisitos en dos  momentos distintos: el inicio y la continuación de la actividad

No sólo no está contemplada expresamente  la respuesta de la Administración en el Decreto 28/2016, de 2 de febrero, por el que se regulan las viviendas de uso turístico.

Sino que el propio  art. 9.1 letra g) del citado Reglamento, solo prevé la aprobación de la comunidad de propietarios, en el caso de la inscripción de una vut. Es decir, cuando se inicie por primera vez la prestación del servicio de alojamiento en la vivienda.

Los cambios comunicados se anotan en el asiento de inscripción, no darán lugar a un nuevo asiento de inscripción

Como ya he señalado al principio, la misma web  de la administración informa que los datos contenidos en la comunicación (entre los que se encuentran los cambios de titularidad, nombre o marca comercial, domicilio social y nombre de dominio en Internet, etc.) se anotarán en el asiento de inscripción, si ya existiere, del correspondiente establecimiento, empresa o actividad.

Los datos contenidos en la comunicación se anotarán en el asiento de inscripción, si ya existiere, del correspondiente establecimiento.

El cambio de titular no se contempla en la normativa turística como una causa de cancelación de la inscripción de la vivienda de uso turístico en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA)

Cualquiera que sea el cambio, señala expresamente la normativa andaluza.

Como si sucede, por ejemplo, en otras normativas autonómicas como la valenciana.

La Disposición adicional segunda de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) blinda las viviendas de uso turístico registradas con anterioridad al 3 de abril de 2025

La misma norma estatal que instaura la aprobación expresa de la comunidad de propietarios establece que aquel propietario de una vivienda que esté ejerciendo la actividad a que se refiere la letra e) del artículo 5 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que se haya acogido previamente a la normativa sectorial turística, podrá seguir ejerciendo la actividad con las condiciones y plazos establecidos en la misma.

Hay que entender que se refiere a los que existieran a la fecha de presentación de la declaración de inicio de la actividad o, en su caso, en los periodos transitorios de adaptación de las sucesivas modificaciones legales.

En nuestro ordenamiento no cabe la interpretación libre del derecho

Conviene recordar que el artículo 3.1 Código Civil (C.C) no consagra la interpretación libre del derecho.

Este comienza diciendo que “Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras…”

Este precepto recoge la máxima jurídica de que “in claris non fit interpretatio”, es decir, que si la norma es clara no cabe interpretación o al menos no cabe tergiversar el significado de sus palabras.

Aceptar el criterio de la Junta de Andalucía supondría los siguientes efectos perversos para las viviendas de uso turístico registradas

La introducción «de facto» de una nueva causa de cancelación afecta a las viviendas de uso turístico. La introducción implica su baja en el Registro de Turismo de Andalucía.

Dejar en manos de un tercero, generalmente contrario al alquiler turístico, la decisión sobre la permanencia de una actividad legalmente iniciada. Esta actividad contaba con el respaldo de la administración y, en su momento, incluso con el visto bueno de la comunidad de propietarios.

Por ahora se me ocurren los siguientes. Seguro que a ti se te ocurren más.

Conclusión

En resumen, haciendo una interpretación literal del art. 9.1 letra g)  (“Registro. Inicio de la actividad…”)  y de la Disposición adicional segunda de la LPH («..propietario de una vivienda que esté ejerciendo la actividad..) considero que no cabría exigir la aprobación expresa de la comunidad de propietarios a que se refiere el art. 7.3 LPH, en los supuestos de cualquier cambio de titularidad, incluido el cambio de titularidad de la propiedad de la vivienda turística. 

Lo contrario, supondría una actuación arbitraria de la Junta de Andalucía contraria a libertad de establecimiento y de prestación de los servicios turísticos. Así como una confiscación de derechos.

CANAL DE TELEGRAM PARA CONSULTAS

Te invito a que entres en mi canal de Telegram donde puedes plantear consultas a las que te responderé.

También podrás disfrutar de contenidos exclusivos para sus miembros

Para entrar sólo tienes que pinchar aquí.

Grupo cerrado de Facebook

logo-alquiler-vivienda-turística

Exclusión de responsabilidad de Alquiler Vivienda Vacacional y/o sus responsables:

Los contenidos de esta página son de carácter general y tienen finalidad meramente informativa. Facilitan el cumplimiento de la normativa aplicable a la actividad turística vacacional por parte de sus usuarios.

Sin constituir en modo alguno la prestación de un servicio de asesoramiento legal de ningún tipo. Dicha información resulta insuficiente para la toma de decisiones personales o empresariales por parte del usuario.

En consecuencia, se recomienda que los usuarios de la presente página web se pongan en contacto con los órganos competentes y/o los profesionales que correspondan. Así, resolverán cuantas dudas y cuestiones puedan surgirles sobre la actividad turística vacacional con carácter previo a su inicio.

Alquiler Vivienda Vacacional y/o sus responsables no se responsabilizan en ningún caso de las decisiones tomadas a partir de la información de la página web. Tampoco se hacen responsables de los daños y perjuicios ocasionados al usuario o a terceros. Esto incluye aquellos derivados de actuaciones basadas en la información de la presente página web.

El servicio de acceso a la presente página web incluye dispositivos técnicos de enlace, directorios e incluso instrumentos de búsqueda. Estos permiten al usuario acceder a otras páginas y portales de Internet (sitios enlazados).

Alquiler Vivienda Vacacional y/o sus responsables no se hacen responsables por ciertos daños. Esto incluye los daños causados por la ilicitud, calidad o desactualización de los contenidos y servicios de los sitios enlazados. Tampoco asumen responsabilidad por la indisponibilidad, error o inutilidad de dichos contenidos y servicios. Además, no se responsabilizan por cualquier otro daño derivado.

En ningún caso, la existencia de sitios enlazados debe presuponer la existencia de acuerdos con los responsables o titulares de los mismos. Ni la recomendación, promoción o identificación de Alquiler Vivienda Vacacional y/o sus responsables con las manifestaciones, contenidos o servicios proveídos.

 

 

Filed Under: blog, Preguntas y Respuestas Tagged With: Andalucia, aprobación expresa, cambio titular, comunidad de propietarios, empresa explotadora, vivienda de uso turístico

Reader Interactions

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Primary Sidebar

REDES SOCIALES

  • Facebook
  • LinkedIn
  • Twitter

ARTÍCULOS DEL BLOG

Cómo registrar una vivienda de uso turístico en Madrid: Paso a paso

COMUNIDAD DE MADRID: Guía definitiva para el alquiler de viviendas de uso turístico (VUT)

Guía definitiva para el alquiler de estancias turísticas en viviendas 2019

BALEARES: Guía definitiva para el alquiler de estancias turísticas en viviendas (ETV)

Viviendas de Uso Turístico de Cataluña: nueva regulación

La nueva normativa de las viviendas turísticas de Cataluña

Qué dice Tribunal Supremo de las viviendas turísticas

La Jurisprudencia del Tribunal Supremo y los alquileres turísticos

¿Cómo afectará el PEH a las VUT de Madrid? (Ii)

Viviendas de Uso Turístico y estado de alarma en Madrid creado por el PEH (II)

¿Cómo afectará el PEH a las VUT de Madrid? (I)

Viviendas de Uso Turístico y estado de alarma en Madrid creado por el PEH (I)

El proyecto de ley de ordenación sostenible del uso turístico de viviendas en Canarias

La nueva regulación de las viviendas vacacionales de Canarias (VV)

Medidas contra el alquiler turístico por las comunidades de vecinos

¿La comunidad de propietarios puede impedir el alquiler de una vivienda turística?

Necesito la autorización de la comunidad de propietarios

Vivienda de uso turístico en Andalucía y aprobación de la comunidad de propietarios

Plataformas en línea y Número de Registro de Alquiler

ASTURIAS: Si quieres que tu vivienda de uso turístico cumpla con la normativa

Últimos posts del blog

  • Vivienda de uso turístico en Andalucía y aprobación de la comunidad de propietarios
  • Plataformas en línea y Número de Registro de Alquiler
  • ASTURIAS: Si quieres que tu vivienda de uso turístico cumpla con la normativa
  • Contratos de temporada no turísticos. Duración y regulación
  • ARAGÓN: Si quieres que tu vivienda de uso turístico cumpla con la normativa
  • Preguntas y Respuestas sobre la autorización del alquiler turístico por las comunidades de propietarios (Parte 2)
  • Preguntas y Respuestas sobre la autorización del alquiler turístico por las comunidades de propietarios (Parte 1)
  • GALICIA: Si quieres que tu vivienda de uso turístico cumpla con la normativa
  • Preguntas y Respuestas sobre el Número de Registro Único de Arrendamientos (NRUA)
  • ANDALUCÍA: Si quieres que tu vivienda de uso turístico cumpla con la normativa
  • ANDALUCÍA: Guía definitiva para el alquiler de viviendas de uso turístico
  • Contrato de temporada. Algunas cuestiones controvertidas
  • Contrato de temporada. Ideas básicas
  • El fin del alquiler turístico en las comunidades de propietarios
  • CONTRATOS DE TEMPORADA Y SES.HOSPEDAJES. ¿Existe la obligación de comunicar los datos de los clientes?
  • ASTURIAS: Guía definitiva para el alquiler de viviendas de uso turístico (VUT)
  • La sociedad patrimonial para el arrendamiento de inmuebles
  • Comunidad valenciana guía definitiva para el alquiler viviendas turísticas
  • Cómo registrar una vivienda de uso turístico en Madrid: Paso a paso
  • COMUNIDAD DE MADRID: Guía definitiva para el alquiler de viviendas de uso turístico (VUT)
  • CANARIAS: Guía definitiva para el alquiler de viviendas vacacionales 2024 (VV)
  • CANARIAS. El proyecto de nueva regulación de las viviendas vacacionales (2024) que acabará con éstas.
  • ALOJAMIENTOS DE ALQUILER DE CORTA DURACIÓN. El Registro Único Estatal y la Ventanilla Única Digital de arrendamientos
  • Cómo dar de alta una vivienda vacacional o una vivienda de uso turístico en el Principado de Asturias: Paso a paso
  • ARAGÓN: Nueva regulación de las viviendas de uso turístico (VUT)
  • COMUNIDAD VALENCIANA: COMPATIBILIDAD  ENTRE  ALQUILER TURÍSTICO Y RESIDENCIAL
  • Alquiler turístico y Registro de Viajeros. Novedades a partir de 2023
  • COMUNIDAD VALENCIANA: Guía definitiva para el alquiler de viviendas turísticas (VT)
  • BALEARES: Guía definitiva para el alquiler de estancias turísticas en viviendas (ETV)
  • Como evitar que te sancionen en el Registro de viajeros de tu Alojamiento
  • La nueva normativa de las viviendas turísticas de Cataluña
  • Alquiler de habitaciones en vivienda turística. Prohibición vs Exclusión.
  • Alquiler turístico de tu vivienda habitual
  • ¿Puedo resolver mi contrato de alquiler de vivienda turística?
  • Alta de una vivienda turística en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
  • El alquiler turístico de habitaciones
  • La Jurisprudencia del Tribunal Supremo y los alquileres turísticos
  • ¿Es obligatorio el requisito del aire acondicionado en las viviendas con fines turísticos (VFT) de Andalucía?
  • Viviendas de Uso Turístico y estado de alarma en Madrid creado por el PEH (II)
  • Viviendas de Uso Turístico y estado de alarma en Madrid creado por el PEH (I)
  • La nueva regulación de las viviendas vacacionales de Canarias (VV)
  • ¿Qué seguro necesito para el alquiler de mi vivienda turística?
  • ¿La comunidad de propietarios puede impedir el alquiler de una vivienda turística?
  • Cómo conseguir el informe de compatibilidad urbanística en la Comunidad Valenciana
  • Baleares: contrato de alquiler de estancias turísticas en viviendas (ETV)
  • El triste destino del alquiler turístico: pleitear y pleitear, sin parar (Caso de Canarias)
  • Ayuntamiento de Madrid versus Comunidad de Madrid: competencias sobre las viviendas de uso turístico
  • Nueva regulación de las viviendas de uso turístico en La Rioja
  • LA RIOJA: Guía definitiva para el alquiler de viviendas de uso turístico (VUT)
  • La Inspección de Turismo: sol@ ante el peligro
  • Cómo defenderte si te sancionan por alquilar una vivienda turística (II)
  • Cómo defenderte si te sancionan por alquilar una vivienda turística (I)
  • ¿Qué modelo de gestión utilizas para alquilar tu vivienda turística?
  • ¿Tengo que darme de alta como autónomo para alquilar una vivienda turística?
  • A la caza del alquiler turístico
  • Informe municipal de compatibilidad urbanística en la Comunidad Valenciana: «te digo que no y me pagas por ello»
  • Plan de Intervención en Ámbitos Turísticos de Mallorca (PIAT): La limitación del uso turístico en la isla
  • Cómo dar de alta un alojamiento turístico extra hotelero en Cantabria: Paso a paso
  • Cómo dar de alta una vivienda de uso turístico en Cataluña: Paso a paso
  • Cómo dar de alta un apartamento turístico en Extremadura: Paso a paso

Footer

Sobre mí, mi lema y mi utopía por los que lucho para que se hagan realidad algún día:

Mi nombre es Juan Antonio Mateos Mateos.

Soy abogado. Especialista en Derecho Civil y Administrativo.

Comprometido con la defensa de la economía colaborativa y el alquiler de estancias en viviendas residenciales con fines turísticos y vacacionales.

Mi lema es: Libertad y responsabilidad.
Mi utopía es: La autorregulación y el libre mercado.

¿Llegará a ocurrir algún día que el sector del alquiler turístico vacacional de las estancias en viviendas residenciales se autorregule sin interferencias de la Administración?

Espero que sí. Sucederá cuando las diferentes Administraciones Públicas (estatal, autonómicas y municipales) fracasen estrepitosamente (porque seguro que fracasarán) en su intento de regular un sector que no les pertenece, y que sólo los ciudadanos sabemos y estamos en condiciones de gestionar mejor desde la libertad y la responsabilidad.

Saber más sobre nosotros

Artículos del blog

Medidas contra el alquiler turístico por las comunidades de vecinos

¿La comunidad de propietarios puede impedir el alquiler de una vivienda turística?

Por alquiler vivienda vacacional

Cómo registrar una vivienda de uso turístico en Madrid: Paso a paso

Por alquiler vivienda vacacional

COMUNIDAD DE MADRID: Guía definitiva para el alquiler de viviendas de uso turístico (VUT)

Por alquiler vivienda vacacional

Guía definitiva para el alquiler de estancias turísticas en viviendas 2019

BALEARES: Guía definitiva para el alquiler de estancias turísticas en viviendas (ETV)

Por alquiler vivienda vacacional

Viviendas de Uso Turístico de Cataluña: nueva regulación

La nueva normativa de las viviendas turísticas de Cataluña

Por alquiler vivienda vacacional

Qué dice Tribunal Supremo de las viviendas turísticas

La Jurisprudencia del Tribunal Supremo y los alquileres turísticos

Por alquiler vivienda vacacional

¿Cómo afectará el PEH a las VUT de Madrid? (Ii)

Viviendas de Uso Turístico y estado de alarma en Madrid creado por el PEH (II)

Por alquiler vivienda vacacional

¿Cómo afectará el PEH a las VUT de Madrid? (I)

Viviendas de Uso Turístico y estado de alarma en Madrid creado por el PEH (I)

Por alquiler vivienda vacacional

El proyecto de ley de ordenación sostenible del uso turístico de viviendas en Canarias

La nueva regulación de las viviendas vacacionales de Canarias (VV)

Por alquiler vivienda vacacional

Requisitos de la refrigeración y calefacción de las VFT

¿Es obligatorio el requisito del aire acondicionado en las viviendas con fines turísticos (VFT) de Andalucía?

Por alquiler vivienda vacacional

Como alquilar una vivienda de uso turístico por habitaciones o estancias

¿Puedo alquilar una vivienda de uso turístico por habitaciones en Cataluña?

Por alquiler vivienda vacacional

Resolución del contrato de alquiler de vivienda turística por el huésped

¿Puedo resolver mi contrato de alquiler de vivienda turística?

Por alquiler vivienda vacacional

Impuestos y modelos alquiler vivienda turística

¿Qué impuestos y modelos hay que declarar cuando subarriendas una vivienda turística? (Consulta fiscal)

Por alquiler vivienda vacacional

Formas de alquilar una vivienda turística

¿Qué modelo de gestión utilizas para alquilar tu vivienda turística?

Por alquiler vivienda vacacional

Seguro de Responsabilidad Civil para viviendas turísticas

¿Qué seguro necesito para el alquiler de mi vivienda turística?

Por alquiler vivienda vacacional

Qué necesito para alquilar mi vivienda turística

¿Tengo que darme de alta como autónomo para alquilar una vivienda turística?

Por alquiler vivienda vacacional

Copyright © 2025 · Genesis Sample Theme en Genesis Framework · WordPress · Log in

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR