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Contrato de temporada. Ideas básicas

6 marzo, 2025 por alquiler vivienda vacacional Leave a Comment

Contrato escrito, duración, causa ... del contrato de temporada

El contrato de temporada  se convierte en un documento imprescindible no sólo para concretar el fin pactado sino para otras muchas cosas más (garantías, responsabilidades, etc)

 

Como complemento de mi otro post donde trato algunas cuestiones controvertidas (denominación, publicidad, motivos, fianza…),  que pueden plantearse en los contratos de temporada, en el presente post me referiré de forma muy resumida  a lo más básico que tienes que saber de tu contrato de corta duración no turístico.

Te animo a que me sigas preguntando sobre este tema o cualquier otro relacionado  con el alquiler de corta duración turístico o no turístico, en mi canal de consultas de telegram al que desde ahora estás invitado

Indice

  • 1 Respecto de la necesidad de firmar un contrato escrito
  • 2 Sobre la duración del contrato de temporada
  • 3 En relación al fin del contrato de temporada y su demostración
  • 4 ¿Quieres que redacte a medida tu contrato de temporada o revise si tu modelo de contrato está correcto ?
  • 5 CANAL DE TELEGRAM PARA CONSULTAS:

Respecto de la necesidad de firmar un contrato escrito

Si bien las condiciones que anuncies en la publicidad de tu alquiler de temporada tienen validez contractual, resulta recomendable recoger todas en ellas en un documento escrito que acepte y firme tu inquilino.

Piensa que al final de lo que se trata, si surge un conflicto entre el propietario y el inquilino, es que esté todo claro. Y no sea un tercero (por ejemplo, un juez) el que decida quien tiene razón.

De manera que el contrato se convierte en un documento imprescindible no sólo para concretar el fin pactado sino para otras muchas cosas más (garantías, responsabilidades, etc)

La concreción del fin, como te diré más adelante, va a servir para distinguir en muchos casos una estancia no turística de una turística.

Sobre la duración del contrato de temporada

La duración en este tipo de contratos es algo accesorio.

Estos contratos pueden tener la duración que pacten libremente el propietario y el inquilino

La determinación del plazo podrá ser importante sólo a los efectos de pedir o no fianza, y consiguientemente de la obligación de depositar la fianza en el organismo correspondiente de la Comunidad Autónoma.

En relación al fin del contrato de temporada y su demostración

La finalidad o destino del arrendamiento de corta estancia o temporada es lo realmente importante en este contrato.

De manera que deberás   dejar claro por escrito (en tu contrato, publicidad, etc)  el fin del contrato que podrá ser profesional / estudios / asistencia médica / otros análogos.

Resulta muy importante que el inquilino te acredite que ya tiene una residencia habitual, por ejemplo, mediante el certificado del padrón municipal actualizado. Para evitar principalmente que el contrato pueda considerare de larga estancia, y puedan aplicarse los plazos de duración y prórrogas forzosas establecidos en la LAU.

Conclusión

En resumen, el contrato de temporada es una herramienta clave para establecer de manera clara y precisa los términos de un alquiler de corta duración no turístico. Más allá de concretar la finalidad pactada, este documento proporciona seguridad tanto al propietario como al inquilino al definir responsabilidades, garantías y otros aspectos esenciales.

Como hemos visto, la duración del contrato es flexible y acordada entre las partes, pero lo realmente determinante es la finalidad del arrendamiento. Dejar constancia de este aspecto en el contrato y contar con documentación que lo respalde, como el padrón municipal actualizado del inquilino, puede evitar posibles conflictos y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.

¿Quieres que redacte a medida tu contrato de temporada o revise si tu modelo de contrato está correcto ?

Pídemelo  en info@alquilerviviendavacacional.com 

 

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Sobre mí, mi lema y mi utopía por los que lucho para que se hagan realidad algún día:

Mi nombre es Juan Antonio Mateos Mateos.

Soy abogado. Especialista en Derecho Civil y Administrativo.

Comprometido con la defensa de la economía colaborativa y el alquiler de estancias en viviendas residenciales con fines turísticos y vacacionales.

Mi lema es: Libertad y responsabilidad.
Mi utopía es: La autorregulación y el libre mercado.

¿Llegará a ocurrir algún día que el sector del alquiler turístico vacacional de las estancias en viviendas residenciales se autorregule sin interferencias de la Administración?

Espero que sí. Sucederá cuando las diferentes Administraciones Públicas (estatal, autonómicas y municipales) fracasen estrepitosamente (porque seguro que fracasarán) en su intento de regular un sector que no les pertenece, y que sólo los ciudadanos sabemos y estamos en condiciones de gestionar mejor desde la libertad y la responsabilidad.

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