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MURCIA: El alquiler turístico de las viviendas vacacionales sin cambios

10 agosto, 2018 por alquiler vivienda vacacional 2 Comments

Murcia: Pasos para alquilar una vivienda vacacional (Vv)

En la Región de Murcia las viviendas vacacionales (no confundir con los apartamentos turísticos) ya no se regulan por los artículos 30 a 35 del Decreto 75/2005, de 24 de junio, que se refieren a estos alojamientos.

Ahora las viviendas de uso turístico se regulan por el nuevo Decreto 256/2019, de 10 de octubre, por el que se regulan las viviendas de uso turístico en la Región de Murcia.

Indice

  • 1 El Decreto 174/2018, de 25 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos de la Región de Murcia no regula las viviendas vacacionales
  • 2 Nueva normativa que regula las viviendas de uso turístico en la Región de Murcia 
  • 3 Pasos para dar de alta tu vivienda de uso turístico en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia
  • 4 Estoy creando la comunidad más grande en internet sobre alquileres turísticos.
  • 5 Me encantaría que formaras parte de ella.
  • 6 ¿Te  apuntas?

El Decreto 174/2018, de 25 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos de la Región de Murcia no regula las viviendas vacacionales

El pasado 31 de julio de 2018 se publicó en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el Decreto 174/2018, de 25 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos de la Región de Murcia.

Murcia: Decreto 174/2018, 25 julio, Apartamentos turísticos

Después de leer la norma, puedo confirmarte que:

1. El recién aprobado Decreto 174/2018, de 25 de julio, sólo regula los apartamentos turísticos de la Región de Murcia, derogando y sustituyendo lo que decía de éstos el anterior Decreto 75/2005.

A diferencia de los alojamientos vacacionales, los apartamentos turísticos son las unidades alojativas ofrecidas, mediante precio, en alquiler de modo habitual y debidamente dotadas de mobiliario, instalaciones, servicios y equipo para su inmediata ocupación temporal por motivos vacacionales o de ocio, cumpliendo los requisitos que se determinan en el Decreto 174/2018.

Los apartamentos turísticos se califican en las categorías de una, dos, tres, cuatro y cinco llaves. Con el fin de lograr su equiparación con otros alojamientos (hoteles, casas rurales) se ha optado por establecer cinco categorías de apartamentos turísticos, en lugar de las cuatro que hasta ahora podía haber. Se mantiene como símbolo de calificación las llaves por entender que, al igual que sucede con las estrellas en hoteles, se trata de un distintivo ampliamente reconocido.

2. El nuevo Decreto 174/2018, mantiene la vigencia del capítulo V (artículos 30 a 35 ambos inclusive) del Decreto 75/2015, relativo a las viviendas vacacionales hasta que se apruebe el decreto específico para viviendas de uso turístico. Porque, según dice el propio Decreto 174/2018, “no mantener la vigencia de este capítulo supondría dejar sin cobertura legal a este tipo de alojamiento”.

Tendrán la consideración de alojamientos vacacionales, las unidades aisladas de apartamentos, bungalows, villas, chalés y similares, ofrecidos en régimen de alquiler por las empresas explotadoras, por motivos vacacionales o turísticos, y que reúnan los requisitos especificados en el Decreto 75/2005.

Nueva normativa que regula las viviendas de uso turístico en la Región de Murcia 

Desde el 8 de noviembre de 2019 las viviendas de uso turístico ya no se regularán por los artículos 30 a 35, ambos inclusive, del viejo Decreto 75/2005.

Sino por el nuevo Decreto 256/2019, de 10 de octubre, por el que se regulan las viviendas de uso turístico en la Región de Murcia.

Pasos para dar de alta tu vivienda de uso turístico en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia

Puedes hacerlo con ayuda de mi guía MURCIA: Guía definitiva para el alquiler de viviendas de uso turístico.

Gracias por haber llegado hasta aquí.

Y recuerda que este post no suple el asesoramiento especializado que probablemente pueda requerir tu asunto. 

Para finalizar, sólo te pido una puntuación y un comentario. Ello me ayudará a saber tu opinión y a mejorar la calidad de mis contenidos. 

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Filed Under: blog Tagged With: apartamentos turísticos, Decreto 174/2018, Decreto 75/2005, Murcia, viviendas vacacionales

Reader Interactions

Comments

  1. VUT says

    6 octubre, 2018 at 9:50 pm

    Aunque Murcia no tiene un turismo apabullante, me resulta muy extraño que todavía no disponga de una regulación explícita para las viviendas de uso turístico.
    Hasta que no suponga un problema (y ya sea demasiado tarde) no empezarán a legislarlo, como siempre pasa…

    Responder
    • alquiler vivienda vacacional says

      6 octubre, 2018 at 11:19 pm

      Gracias VUT por tu reflexión.

      Te invito a que compartas tus reflexiones en mi grupo privado de FB «Observatorio de Alojamientos Turísticos» https://www.facebook.com/groups/1626287130788083/

      Nos vemos dentro

      Responder

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Sobre mí, mi lema y mi utopía por los que lucho para que se hagan realidad algún día:

Mi nombre es Juan Antonio Mateos Mateos.

Soy abogado. Especialista en Derecho Civil y Administrativo.

Comprometido con la defensa de la economía colaborativa y el alquiler de estancias en viviendas residenciales con fines turísticos y vacacionales.

Mi lema es: Libertad y responsabilidad.
Mi utopía es: La autorregulación y el libre mercado.

¿Llegará a ocurrir algún día que el sector del alquiler turístico vacacional de las estancias en viviendas residenciales se autorregule sin interferencias de la Administración?

Espero que sí. Sucederá cuando las diferentes Administraciones Públicas (estatal, autonómicas y municipales) fracasen estrepitosamente (porque seguro que fracasarán) en su intento de regular un sector que no les pertenece, y que sólo los ciudadanos sabemos y estamos en condiciones de gestionar mejor desde la libertad y la responsabilidad.

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