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Estás aquí: Inicio / Fiscalidad / Las webs para alquilar apartamentos turísticos informarán a Hacienda de tu anuncio. El modelo 179 a examen

May 31, 2018
Fiscalidad

Las webs para alquilar apartamentos turísticos informarán a Hacienda de tu anuncio. El modelo 179 a examen

Modelo 179

La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha anulado y dejado sin efecto el art. 54 ter del Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria, introducido en 2017, que regulaba la “obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos”, ya que su tramitación no fue comunicada a la Comisión Europea como era preceptivo

Actualizado a fecha 29 julio 2020
Consecuencia práctica e inmediata: Ya no existe la obligación de informar a Hacienda, a través del modelo 179, cuando alquilas una vivienda turística.
Quieres saber por qué.
Te lo cuento en mi post  >> ¿Adiós al modelo 179? (Por el momento sí) <<
Si te crees que lo de informar a Hacienda es nuevo.
Te equivocas. Desde 2009 (Orden EHA/2041/2009, de 16 de julio) ya existe la obligación periódica de las compañías eléctricas de proporcionar información relativa a la identificación de los titulares de los contratos suscritos y de los consumos producidos en los inmuebles identificados por referencia catastral para, posteriormente, cruzarlos con la revisión de declaraciones en el IRPF y negar la aplicación de beneficios fiscales en la adquisición de vivienda de carácter habitual por ausencia de uso
¿Quieres saber qué información comunicarán a Hacienda en relación a tu alquiler turístico?
Sigue leyendo y procura no desmayarte

Indice

  • 1 Los culpables
  • 2 ¿Qué es la declaración informativa de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos?
  • 3 ¿Qué es la cesión de uso de viviendas con fines turísticos?
  • 4 ¿Qué supuestos están excluidos?
  • 5 ¿Quiénes son los obligados a presentar la declaración informativa?
  • 6 Si la intermediación se realiza a título gratuito, ¿existe obligación a presentar declaración informativa?
  • 7 El propietario de la vivienda a ceder, ¿qué datos deberá proporcionar a la intermediaria a los efectos de la declaración informativa?
  • 8 ¿La declaración informativa incorpora obligaciones adicionales a los cedentes?
  • 9 ¿Cuál es el plazo de presentación de la declaración informativa?
  • 10 ¿Cómo se presenta la declaración informativa de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos?
  • 11 ¿Cómo es el formato y diseño de los mensajes informáticos?

Los culpables

Antes de entrar en el meollo de la cuestión, señalarte a los culpables de todo ello:
1. El Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (RD 1065/2007, de 27 de julio), estableció como novedad: «la obligación de trasladar la información de sus anuncios a la Administración Tributaria específica por las plataformas colaborativas intermediarias en el arrendamiento o cesión de uso de viviendas con fines turísticos sobre los inmuebles ofertados y las contrataciones efectuadas».
2. Orden HFP/544/2018, de 24 de mayo, por la que se aprueba el modelo 179, «Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación. Gracias a ésta, la anterior obligación ya puede cumplirse a partir del 1 de enero de 2019.

¿Qué es la declaración informativa de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos?

Desde el 1 de enero de 2018, existe la obligación por parte de las plataformas colaborativas y de los intermediarios en la cesión del uso de viviendas con fines turísticos de trasladar a la Administración Tributaria la información relativa a las personas (cedentes) que desarrollen actividades de arrendamiento de vivienda con fines turísticos o vacacionales, así como los datos identificativos de los inmuebles que son objeto de oferta y arrendamiento.
Eso significa que deberán presentar el nuevo modelo de declaración informativa, llamado modelo 179 que trae en sus entrañas la Orden HFP/544/2018, de 24 de mayo.

¿Qué es la cesión de uso de viviendas con fines turísticos?

Con independencia de lo que entiendan los distintos Ayuntamientos y Comunidades Autónomas por vivienda destinada a fines turísticos, a los efectos de la obligación a declarar, se entiende por cesión de uso de viviendas con fines turísticos la «cesión temporal de uso de la totalidad o parte de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato», cualquiera que sea el canal a través del cual se comercialice o promocione y realizada con «finalidad gratuita u onerosa y las cesiones temporales de uso de vivienda» a que se refiere el art. 5 e) de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

¿Qué supuestos están excluidos?

Están excluidos de la declaración:
  1. Los arrendamientos y subarriendos de vivienda, tal y como se definen en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
  2. Los alojamientos turísticos regulados por su normativa específica.
  3. El derecho de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles

¿Quiénes son los obligados a presentar la declaración informativa?

Deben presentar el nuevo modelo 179 las personas y entidades que presten el servicio de intermediación entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos situadas en el territorio español, ya sea a título oneroso o gratuito.
En particular, tendrán dicha consideración las personas o entidades que constituidas como plataformas colaborativas intermedien en la cesión de uso y tengan la consideración de prestador de servicios de la sociedad de la información, con independencia de que presten o no el servicio subyacente objeto de intermediación o de la imposición de condiciones respecto de los cedentes o cesionarios del servicio en relación al mismo tales como precio, seguros, plazos u otras condiciones contractuales.

Si la intermediación se realiza a título gratuito, ¿existe obligación a presentar declaración informativa?

Con independencia al «carácter oneroso o gratuito» de la intermediación, la obligación de declarar se determina sobre las características del obligado, considerando intermediario a toda aquella persona o entidad que preste el servicio de intermediación entre cedente y cesionario del uso del inmueble a fines turísticos, mediante o no comisión, cobro de costes por la gestión o realizada en forma gratuita.

El propietario de la vivienda a ceder, ¿qué datos deberá proporcionar a la intermediaria a los efectos de la declaración informativa?

En relación con cada operación de cesión de viviendas con fines turísticos, la información a suministrar en el modelo 179 comprende:
a) La Identificación del titular o titulares de la vivienda, del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda (si es distinto del titular de la vivienda) y de las personas o entidades cesionarias.
b) La Identificación del inmueble (dirección completa) con especificación de la referencia catastral, en el caso de que la tuvieran asignada.
c) El Número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos.
d) El Importe percibido, en su caso, por el titular cedente del uso de la vivienda.
e) El Número de contrato en virtud del cual el declarante intermedia en la cesión de uso de la vivienda. (Opcional)
f) La Fecha de inicio de la cesión.
g) La Fecha de intermediación en la operación. (Opcional)
h) La Identificación del medio de pago utilizado (transferencia, tarjeta de crédito o débito u otro medio de pago). (Opcional)
La plasmación técnica del contenido de la declaración informativa figura en el anexo de la Orden EHA/2041/2009, de 16 de julio, al que luego me referiré.

¿La declaración informativa incorpora obligaciones adicionales a los cedentes?

A las obligaciones tributarias de declaración y liquidación de los correspondientes tributos, a los cedentes del uso de la vivienda se les incorpora la obligación de conservación de una copia del/de los contrato/s.

¿Cuál es el plazo de presentación de la declaración informativa?

El modelo 179 tiene una periodicidad trimestral, debiendo presentarse en relación con las operaciones realizadas en cada trimestre natural, en el plazo comprendido entre el primer y el último día del mes natural posterior a la finalización del trimestre a que se refiera la declaración., es decir en los meses de abril, julio, octubre y enero de cada ejercicio.
Para el ejercicio 2018, la presentación de la declaración informativa de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos tendrá excepcionalmente carácter anual, y su plazo de presentación será el comprendido entre el 1 y el 31 de enero de 2019.Haz click para twittear
A partir de 2019, la periodicidad de la declaración será trimestral en los términos mencionados anteriormente.

¿Cómo se presenta la declaración informativa de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos?

La presentación se realizará mediante el modelo 179, en forma telemática. Es decir, la declaración debe remitirse a la Agencia Estatal de Administración Tributaria mediante el envío de mensajes informáticos, de acuerdo con el formato, diseño y contenido a que se refiere el anexo de la Orden HFP/544/2018, de 24 de mayo
Si la declaración contuviera errores, sólo se aceptarán aquellos registros para los que no exista motivo de rechazo. En este caso, el mensaje informático de respuesta contendrá las relaciones de registros aceptados, aceptados con errores y rechazados junto con la expresión del motivo por el que no hayan sido aceptados. Si al menos uno de los registros resulta aceptado o aceptado con errores, el mensaje informático también incorporará un código seguro de verificación de 16 caracteres, además de la fecha y hora de presentación como justificación del suministro de los registros presentados y aceptados. En caso de que el registro enviado quede en estado aceptado con errores, se deberán realizar las correcciones necesarias y proceder a la rectificación registral. En el caso de que el registro sea rechazado se deberán realizar las correcciones necesarias y proceder a su nueva presentación.

¿Cómo es el formato y diseño de los mensajes informáticos?

Los mensajes informáticos comprensivos de la declaración del modelo 179 se ajustarán a los campos de registro en que se concrete el contenido de los mismos que figuran en el anexo, y su formato y diseño serán los que consten en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Internet.
Orden HFP/544/2018, de 24 de mayo
Modelo 179_1
Modelo 179_2
Modelo 179_3
Modelo 179_4
Modelo 175_5

Gracias por haber llegado hasta aquí.

Y recuerda que este post no suple el asesoramiento especializado que probablemente pueda requerir tu asunto. 

Para finalizar, sólo te pido una puntuación y un comentario. Ello me ayudará a saber tu opinión y a mejorar la calidad de mis contenidos. 

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2 comentarios

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Comments

  1. José Luis Aragón dice

    24 noviembre, 2019 at 12:18 pm

    Juan Antonio Muchas gracias.

    Como todos los artículos: Clarificador.

    Lo que nunca es el caso de la agencia Tributaria.

    José Luis

    Responder
    • alquiler vivienda vacacional dice

      25 noviembre, 2019 at 11:55 pm

      Gratitud, por participar

      Nos vemos dentro https://www.facebook.com/groups/ObservatorioAlojamientosTuristicos/

      Que tengas un feliz día

      Responder

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Juan Antonio Mateos Mateos Alquiler Vivienda Vacacional
Calle Orense nº 18, 2º Piso, Puerta 1o, (28020 Madrid) España
email: protecciondedatos@alquilerviviendavacacional.com

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Potenciales clientes (personas con las que se busca mantener una relación comercial como clientes)

Finalidad:
Gestión de la relación con los clientes
Gestión de la relación con los potenciales clientes
Legitimación: El consentimiento

Categorías de datos personales:
Los necesarios para el mantenimiento de la relación comercial. Facturar, enviar publicidad postal o por correo electrónico, servicio postventa y fidelización (clientes)
Datos bancarios: para la domiciliación de pagos (clientes)
De identificación: nombre y apellidos, NIF, dirección postal, teléfonos, e-mail (clientes y potenciales clientes)
Los necesarios para la promoción comercial (potenciales clientes)

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Mi proveedor de Mail Mkt y Automatización:
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