
Las viviendas turísticas no cuentan todavía con un protocolo específico de actuación para los casos de COVID-19.
Las autoridades sanitarias no niegan que los alojamientos turísticos, y, en consecuencia, las viviendas turísticas, podrían ser puntos donde de manera más fácil puede declararse la presencia o transmisión de casos del virus COVID-19.
Es inquietante que las mismas autoridades aún no hayan elaborado un protocolo específico de actuación COVID-19 para este tipo de alojamiento turístico. Como, en cambio, si se ha hecho para otro tipo de alojamientos (hoteles y alojamientos rurales).
Sin embargo, mientras llega (si es que llega), ello no debe ser obstáculo para que elabores tu propio protocolo partiendo de las orientaciones genéricas que se hacen por las autoridades para todos los alojamientos turísticos.
Para ayudarte a hacerlo, me voy a referir a dos documentos que contienen pautas a seguir para los casos del COVID-19, para todo tipo de alojamiento turístico.
Son documentos “abiertos”. Ello significa que se verán completados por las respectivas autoridades con nuevas informaciones, recomendaciones o instrucciones, en función de la evolución y/o eventual expansión del virus.
LAS VIVIENDAS TURÍSTICAS NO TIENEN TODAVÍA UN PROTOCOLO ESPECÍFICO DE ACTUACIÓN PARA LOS CASOS DE COVID-19
Lo primero que tienes que saber es que hasta momento de escribir este post, las autoridades sanitarias nacionales y/o regionales no han establecido oficialmente protocolos específicos de prevención y/o actuación para las viviendas de uso turístico.
A diferencia de lo que sí sucede con los hoteles y los alojamientos rurales.
El anfitrión, pues, sólo va a poder contar con las genéricas normas (además de su sentido común), que se contienen en:
- La Orden del MINISTERIO DE SANIDAD (SND/399/2020), de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. (En lo sucesivo, la Orden SND/399/2020)
- La COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA sobre Orientaciones de la UE para la reanudación progresiva de los servicios turísticos y para los protocolos sanitarios en los establecimientos de hostelería — COVID-19. DOUE 15 mayo 2020 (2020/C 169/01). (En lo sucesivo, la Comunicación de la Comisión)
LA ORDEN DEL MINISTERIO DE SANIDAD (SND/399/2020)
MEDIDAS DE HIGIENE Y/O PREVENCIÓN EXIGIBLES A LOS ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS:
El Ministerio de Sanidad, ha dispuesto de forma genérica para todos los alojamientos turísticos, junto con las limitaciones y condiciones para su apertura durante las diferentes fases de la mal llamada “desescalada” y vuelta a la “nueva normalidad”, una serie de medidas de higiene y/o prevención.
Entre estas medidas exigibles a los titulares de la actividad turística, se encuentran:
La obligación de informar a tus clientes de las medidas de higiene y/o prevención
En los alojamientos turísticos deberán existir carteles informativos:
- En los idiomas más habituales de los clientes. (No se especifican cuáles sean éstos)
- En ellos se expondrán las condiciones restrictivas de uso de las instalaciones y las normas de higiene a observar en relación con la prevención de contagios.
Este punto, sin más precisión en la Orden SND 399/2020, podrás completarlo más adelante con lo que te diré en la Comunicación de la Comisión.
Las medidas de desinfección que debes adoptar
La Orden SND/399/2020, determina que es obligatoria la correspondiente desinfección de objetos tras su manipulación por el cliente.
Para ello se dispondrá de:
- Geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.
- Desinfectante de superficies.
La obligación de disponer de un procedimiento documentado de limpieza
Para las unidades de alojamiento se dispondrá de un procedimiento documentado de limpieza, de acuerdo con las medidas generales de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.
¿Cuál es el contenido del procedimiento documentado de limpieza?
Este procedimiento deberá:
- Incluir los procedimientos de reposición y retirada de residuos de los alojamientos, en caso de ofrecerse estos servicios.
- Incluir el acondicionamiento de habitaciones o viviendas tras la salida del cliente
- Concretar para cada elemento a limpiar en una unidad de alojamiento, el orden en el que se deberá hacer, y el material y el producto químico a utilizar, el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo a emplear en cada tarea, y procesado del material y producto de limpieza tras su uso.
- Previa apertura del establecimiento será necesario realizar una limpieza de las instalaciones, incluyendo zonas de paso, zonas de servicio, habitaciones, parcelas y viviendas.

MEDIDAS DE HIGIENE Y/O PREVENCIÓN PARA LOS CLIENTES:
Dirigidas a los clientes, se establecen las siguientes medidas en la Orden SND/399/2020.
Normas especiales
Se garantizará que el cliente conoce, antes de la confirmación de la reserva y durante su estancia en el alojamiento las normas especiales que regirán en el establecimiento.
Lo será en formato escrito y en idioma comprensible por el cliente
Dispensadores de geles hidroalcoholicos
El alojamiento turístico deberá poner a disposición de los clientes dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad,
Los dispensadores se localizarán, en todo caso, en la entrada del alojamiento turístico.
Además, los dispensadores deberán estar siempre en condiciones de uso.
ORIENTACIONES DE LA UNIÓN EUROPEA (UE) PARA LA REANUDACIÓN PROGRESIVA DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS Y PARA LOS PROTOCOLOS SANITARIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS — COVID-19
Recientemente, la Unión Europea, en concreto, la Comisión, ha establecido una serie de orientaciones para la elaboración de protocolos sanitarios por los estados miembros en los establecimientos turísticos.
Sin embargo, estas orientaciones, además de ser generales, no son vinculantes para los países miembros.
Es interesante destacar, entre los principios que proclama, que debe respetarse el principio de relación coste-eficacia.
Este principio significa que, si existen varias opciones para lograr el mismo efecto a la hora de garantizar la salud de los clientes, será preferible la menos costosa, especialmente en el caso de las pequeñas y medianas empresas (pymes).
PRINCICIPIOS RECTORES PARA LA ELABORACIÓN DE MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LAS INFECCIONES Y PARA LOS PROTOCOLOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS, A FIN DE PREVENIR LA TRANSMISIÓN DE LA COVID-19 Y GARANTIZAR LA SALUD PÚBLICA:
Plan de acción específico
Los establecimientos deben disponer de un plan de preparación que incluya las acciones que deban emprenderse en caso de infección en el establecimiento.
Este plan debe abarcar los períodos comprendidos entre la decisión de reabrir hasta catorce (14) días después de que los clientes se hayan marchado del establecimiento.
Información a los clientes
Antes de la llegada y en el establecimiento, los clientes deben recibir toda la información necesaria y acceder a ella con facilidad, en particular a través de medios digitales, sobre.
- Todas las orientaciones oportunas de las autoridades locales en materia de salud pública,
- Así como sobre las medidas específicas aplicadas que afecten a su llegada, estancia y salida.
Debe informarse a los clientes, mediante señales específicas (infografías informativas, incluso adaptadas a las personas con discapacidad visual).
Éstas deben estar colocadas delante de la entrada del establecimiento.
La información lo será sobre los signos y síntomas de la COVID-19 y sobre qué deben hacer en caso de que desarrollen síntomas durante su estancia o en los catorce días siguientes a su salida.
El establecimiento también podría facilitar esta información por medio de folletos.
Los establecimientos deben asegurarse de que disponen de los datos de contacto de los clientes, por si acaso son necesarios para el rastreo de contactos.
Las medidas de rastreo de contactos deben limitarse estrictamente a los fines de enfrentarse a la pandemia de COVID-19.
Distancia social
En principio, debe respetarse una distancia de 1,5 a 2 metros en las zonas comunes de todo el establecimiento.
Salvo en los casos de las personas que viajen juntas y las que compartan habitación.
Junto con otras medidas (como el uso de mascarilla), cuando esto no sea posible.
MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LAS INFECCIONES:
Además del distanciamiento físico, debe considerarse la adopción de medidas específicas de protección individual y de protocolos de limpieza y desinfección, que deberán ser comunicados a los clientes y ser implementados.
Etiqueta respiratoria
Debe comunicarse la etiqueta respiratoria (toser o estornudar en un pañuelo de papel o en el interior del codo), que deben seguir estrictamente los clientes.
Los establecimientos deben garantizar la disponibilidad de pañuelos de papel y de papeleras.
Higiene de manos
La higiene de las manos es una medida de control esencial y debe informarse al respecto a los clientes mediante infografías informativas en zonas o instalaciones clave (por ejemplo, en la entrada, en los aseos, etc.).
Los establecimientos deben garantizar un fácil acceso a instalaciones para el lavado de manos que cuenten con jabón, toallas de papel de un solo uso o secadores automáticos, así como con soluciones para la higiene de manos a base de alcohol.

Uso de mascarillas
El uso de mascarillas por los clientes debe considerarse únicamente como medida complementaria, no como medida sustitutiva de las medidas preventivas fundamentales.
El uso adecuado de las mascarillas es importante y debe ser comunicado a los clientes y al personal.
Ventilación
Se recomienda aumentar el número de renovaciones de aire por hora y hacer que entre aire del exterior en la mayor medida posible, ya sea mediante ventilación natural o mecánica, dependiendo del establecimiento.
Una vez que los clientes se hayan marchado del alojamiento, se recomienda ventilar la habitación durante al menos una hora.
Limpieza y desinfección
Es fundamental limpiar lo más a menudo posible las superficies que se tocan frecuentemente.
Algunos ejemplos de estas superficies son los pomos y las manijas de las puertas, las sillas y los reposabrazos, los tableros de las mesas, los interruptores de la luz, los pasamanos, los grifos, etc.

POSIBLES INFECCIONES ENTRE LOS CLIENTES:
En caso de que se sospeche de un caso de COVID-19 entre los clientes, la ejecución del plan de acción establecido debe seguir las orientaciones pertinentes de las autoridades nacionales y locales de salud, en relación con:
- Las medidas de aislamiento y distanciamiento aplicables a la persona que puede estar infectada.
- El procedimiento, con arreglo a la legislación nacional, para notificar los servicios médicos con vistas a la consulta médica, las pruebas diagnósticas o al posible traslado a un centro médico.
- El procedimiento, con arreglo a la legislación nacional, para notificar a las autoridades de salud pública locales y para las posibles actividades de rastreo de contactos.
- Los procedimientos necesarios de limpieza y desinfección que deben llevarse acabo.
- La cooperación y la información necesarias sobre los demás clientes que puedan haber estado en contacto con el caso en el establecimiento desde dos días antes y catorce días después de la aparición de los síntomas del caso.

CONCLUSIÓN
En el escenario epidemiológico actual, en donde por el momento no existe un colapso sanitario, la situación más probable es que, ante la detección de un caso confirmado de un cliente en tu establecimiento, se realoje al afectado en un centro sanitario.
Aunque no parece descartable el confinamiento del huésped en el propio alojamiento turístico, según criterio de las autoridades sanitarias.
Conviene no olvidar que los protocolos de actuación ante la detección de una persona diagnosticada de COVID-19 en un establecimiento turístico y las posibles medidas de salud pública subsecuentes serán determinadas, en todo caso, por las autoridades sanitarias.
Sin perjuicio de ello, además de animarte a que elabores un concreto Plan de Actuación para tu vivienda turística, partiendo de las ideas que te he dado en este post, te aconsejo que, con tiempo, busques algún seguro de responsabilidad civil que cubra éstas o parecidas situaciones en un futuro.

Y recuerda que este post no suple el asesoramiento especializado que probablemente pueda requerir tu asunto.
Finalmente, si te ha gustado, sólo te pido un favor.

Es muy importante para mi que compartas esta entrada en tus redes sociales.
Si lo prefieres, puedes hacer un comentario de agradecimiento.
Ello me ayudará a saber tu opinión y a mejorar la calidad de mis contenidos.

Estoy creando la comunidad más grande en internet sobre alquileres turísticos.
Me encantaría que formaras parte de ella.
¿Te apuntas?
No te pierdas los contenidos más exclusivos que publico para tí en mi grupo cerrado de Facebook.
La mejor forma de estar siempre conectados y poder ayudarte.
Para entrar sólo tienes que pinchar aquí.
Exclusión de responsabilidad de Alquiler Vivienda Vacacional y/o sus responsables:
Los contenidos de esta página son de carácter general y tienen finalidad meramente informativa para facilitar el cumplimiento de la normativa aplicable a la actividad turística vacacional por parte de sus usuarios.
Sin constituir en modo alguno la prestación de un servicio de asesoramiento legal de ningún tipo, por lo que dicha información resulta insuficiente para la toma de decisiones personales o empresariales por parte del usuario.
En consecuencia, se recomienda que los usuarios de la presente página web se pongan en contacto con los órganos competentes y/o los profesionales que correspondan para resolver cuantas dudas y cuestiones puedan surgirles sobre la actividad turística vacacional con carácter previo a su inicio.
Alquiler Vivienda Vacacional y/o sus responsables no se responsabilizan en ningún caso de las decisiones tomadas a partir de la información suministrada en la página web ni de los daños y perjuicios producidos en el usuario o terceros con motivo de actuaciones que tengan como fundamento la información obtenida en la presente página web.
El servicio de acceso a la presente página web incluye dispositivos técnicos de enlace, directorios e incluso instrumentos de búsqueda que permiten al usuario acceder a otras páginas y portales de Internet (sitios enlazados).
Alquiler Vivienda Vacacional y/o sus responsables no se hacen responsables por los daños producidos por la ilicitud, calidad, desactualización, indisponibilidad, error e inutilidad de los contenidos y/o servicios de los sitios enlazados ni por cualquier otro daño.
En ningún caso, la existencia de sitios enlazados debe presuponer la existencia de acuerdos con los responsables o titulares de los mismos, ni la recomendación, promoción o identificación de Alquiler Vivienda Vacacional y/o sus responsables con las manifestaciones, contenidos o servicios proveídos.
Muy interesante. gracias
Verónica
Puedes identificarte a través del grupo o Messeger para que te pueda mandar el enlace
Gracias
Que tengas un feliz día